Mira, te voy a ser sincero desde el principio: cuando leí esta noticia por primera vez, me quedé helado. No porque no haya visto casos similares antes, sino porque este caso en concreto tiene algo que hace que te plantees muchas cosas sobre cómo funciona realmente el sistema penitenciario español.
Estamos hablando de María José Baños Andújar, una mujer de 61 años que lleva décadas en prisión por su vinculación al GRAPO (Grupos Revolucionarios Antifascistas Primero de Octubre). Hace unas horas, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias —ese organismo del Ministerio del Interior que tanto aparece en tu temario y que tanto odian los sindicatos— ha decidido clasificarla en tercer grado.
¿Por qué es relevante esta noticia si estás preparando IIPP?
Si estás estudiando para ser Ayudante de Instituciones Penitenciarias, este caso es oro puro para entender cómo funciona la clasificación de internos en la práctica real. No es teoría de libro: es la aplicación directa del artículo 104 del Reglamento Penitenciario y de la Instrucción 6/2018 de la SGP.
La SGP ha concedido el tercer grado a Baños por “razones humanitarias”. ¿Qué significa esto exactamente? Según el informe médico elaborado desde el centro penitenciario de Murcia II donde está interna, la reclusa padece una enfermedad grave de carácter incurable. Y aquí viene lo importante: el Reglamento Penitenciario establece que se puede clasificar en tercer grado a aquellas personas condenadas que afrontan enfermedades muy graves, siempre que concurran razones humanitarias, dignidad personal y —ojo con esto— dificultad para reincidir en conductas delictivas.
El procedimiento paso a paso (y por qué deberías aprendértelo)
Este caso es prácticamente un ejercicio de examen hecho realidad. Fíjate en la cadena de actuaciones:
- Primero, se elabora un informe médico desde el centro penitenciario que acredita la enfermedad.
- Segundo, la Fiscalía valida el expediente.
- Tercero, si no hay recursos, se remite al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional.
- Cuarto, el juez tiene la última palabra sobre la concesión de la libertad condicional.
¿Te suena? Es exactamente lo que estudias en el tema de clasificación de internos. Pero aquí viene la parte que quizás no te cuentan en los libros: la decisión de la SGP ha generado polémica porque Baños está vinculada al GRAPO, una organización terrorista. Y eso siempre enciende el debate sobre hasta dónde llegan las razones humanitarias.
¿Qué es el tercer grado realmente?
El tercer grado es el régimen abierto. Significa que el interno puede salir del centro penitenciario para realizar actividades externas, volviendo a dormir a la prisión (o incluso sin hacerlo, dependiendo de la evolución). Es la última etapa antes de la libertad condicional.
Pero cuidado: el tercer grado no es sinónimo de libertad. Es un paso intermedio. Y en este caso concreto, el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria aún tiene que decidir si concede la libertad condicional definitiva.
Datos clave que debes recordar para el examen
| 📋 Normativa aplicable | Art. 104 del Reglamento Penitenciario + Instrucción 6/2018 SGP |
| 🏛️ Órgano competente para clasificar | Secretaría General de Instituciones Penitenciarias |
| ⚖️ Órgano que decide libertad condicional | Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria (Audiencia Nacional) |
| 🏥 Requisito médico | Enfermedad muy grave con padecimiento incurable |
| 📍 Centro penitenciario | Murcia II |
| 👤 Interna | María José Baños Andújar (61 años, vinculada al GRAPO) |
¿Y ahora qué pasará?
La defensa de Baños ya ha explicado que el expediente debe ser sometido a valoración judicial. El juez de vigilancia penitenciaria decidirá si finalmente se concede la libertad condicional. Hasta entonces, seguirá en tercer grado en el centro de Murcia II.
Personalmente, creo que casos como este son los que te hacen reflexionar sobre la complejidad del trabajo penitenciario. No es solo vigilar rejas: es tomar decisiones que equilibran la seguridad social con la dignidad de las personas. Y eso, amigo opositor, es exactamente lo que te van a preguntar en el examen.
¿Te está costando entender la clasificación de grados?
Si te lían los tres grados del Reglamento Penitenciario, los permisos, la clasificación de internos y todo este tinglado burocrático-jurídico, te entiendo perfectamente. Es uno de los temas más densos del temario de Ayudante de Instituciones Penitenciarias.
En Prime Opositores tenemos todo el temario explicado con casos reales como este, para que no solo memorices, sino que entiendas de verdad cómo funciona el sistema.
Resumen en 3 puntos
- ✅ La SGP ha concedido tercer grado a María José Baños (GRAPO) por razones humanitarias al padecer una enfermedad grave incurable
- ✅ El procedimiento se rige por el art. 104 del RP y la Instrucción 6/2018 de la SGP
- ✅ El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria decidirá sobre su libertad condicional
Y si te ha gustado este análisis, compártelo con otros opositores de IIPP. Seguro que a más de uno le viene bien entender cómo funciona esto de los grados penitenciarios con un caso real.




