¿Sueñas con convertirte en Auxiliar Judicial? Si es así, te preguntarás: ¿cómo será mi día a día una vez que apruebe? ¡No te preocupes! Te desvelamos las claves del horario en este cuerpo.
El Cuerpo de Auxilio Judicial apuesta por un horario equilibrado y flexible. ¿Qué significa esto?
- Jornadas laborales definidas: Se establecen horarios fijos para garantizar la eficiencia del servicio.
- Adaptación estacional: Se contemplan ajustes en función de las demandas de trabajo, como picos de actividad.
- Conciliación personal y laboral: Tu bienestar es importante. Se promueven medidas que te permitan atender tus responsabilidades familiares y personales.
En este artículo, exploraremos en detalle los distintos aspectos establecidos en la Orden JUS/2538/2013, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/615/2012, de 1 de marzo, en cuanto al cómputo anual de trabajo efectivo y se aprueba el calendario laboral para el personal de la Administración de Justicia, radicado en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia.
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Jornada y Horarios Generales de un Auxiliar Judicial
En el Cuerpo de Auxilio Judicial, son conscientes de la crucial importancia de cumplir con las diligencias y actuaciones procesales. Por ello, hemos diseñado unas jornadas laborales que armonizan a la perfección la eficiencia necesaria para el correcto desarrollo de nuestras tareas con la flexibilidad que exige el día a día.
Detalles de la jornada laboral:
- Duración: 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo global de 1.657 horas anuales.
- Horario fijo: De 9 a 14.30 horas de lunes a viernes.
- Horario variable: Las horas restantes podrán realizarse entre las 7.30 y las 9 de lunes a viernes y entre las 14.30 y las 18 de lunes a jueves. En el caso de los viernes, solo podrá realizarse entre las 14.30 y las 15.30, hasta completar las 37.5 horas semanales.
Si bien se promueve la flexibilidad en la gestión del tiempo, esta no debe comprometer la continuidad de las diligencias judiciales ni la atención de los casos urgentes e inaplazables. El cumplimiento del horario establecido es fundamental, pero siempre en armonía con la responsabilidad de garantizar el correcto funcionamiento de la administración de justicia.
Promoviendo la Conciliación: 5 Medidas de Flexibilidad Horaria
La conciliación entre la vida personal, familiar y laboral es un pilar fundamental en la promoción del bienestar de los trabajadores del Cuerpo de Auxilio Judicial. Conscientes de la diversidad de situaciones que pueden afectar a los empleados, se establecen medidas de flexibilidad horaria que permiten adaptar el horario laboral a las necesidades individuales y familiares.
1. Flexibilidad para Cuidado de Familiares:
Los funcionarios que tengan a su cargo personas mayores, hijos menores de doce años o personas con discapacidad, así como aquellos que cuiden a un familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, tienen derecho a flexibilizar en una hora diaria el horario fijo de jornada establecida.
2. Atención a Personas con Discapacidad:
Funcionarios que cuiden a personas con discapacidad hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad pueden disponer de dos horas diarias de flexibilidad horaria sobre el horario fijo correspondiente. Esto permite conciliar los horarios de los centros educativos, de rehabilitación y otros servicios sociales con los horarios laborales.
3. Flexibilidad por Razones Personales y Familiares:
Las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia podrán autorizar, de manera personal y temporal, la modificación del horario fijo en un máximo de dos horas. Esto se concede en situaciones directamente relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como en casos de familias monoparentales.
4. Apoyo a la Fertilidad y Reproducción Asistida:
Se reconoce el derecho de los funcionarios a ausentarse del trabajo para someterse a técnicas de fecundación o reproducción asistida, durante el tiempo necesario y previa justificación dentro de la jornada laboral.
5. Atención a Necesidades Específicas de Hijos con Discapacidad:
Los funcionarios que tengan hijos con discapacidad tienen derecho a ausentarse del trabajo para asistir a reuniones de coordinación en el centro educativo del niño, así como para acompañarlo en el ámbito sanitario o social, por el tiempo indispensable.
Es importante destacar que las uniones de hecho, debidamente acreditadas, serán equiparadas al matrimonio para efectos de estas medidas de flexibilidad horaria.
Jornadas de Verano: Horario Intensivo
Durante el período estival, del 16 de junio al 15 de septiembre, se implementa una jornada intensiva con el objetivo de optimizar el rendimiento laboral, garantizando al mismo tiempo la atención a las necesidades del servicio. Es importante destacar que se mantendrán las disposiciones legales vigentes, especialmente en lo referente a la presentación de escritos sujetos a término, según lo establecido en el artículo 135.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil.
Las jornadas de verano se establecen de la siguiente manera:
Personal con Jornada Ordinaria Solo de Mañana:
Jornada de 32 horas y 30 minutos semanales, de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas, con presencia obligatoria de 9:00 a 14:30 horas.
Personal Destinado en el Registro Civil Central y Unidades de Atención al Público:
Jornada de 32 horas y 30 minutos semanales, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, garantizando la apertura al público.
Personal en Puestos de Libre Designación:
Jornada de 35 horas semanales, de lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas, con presencia obligatoria de 9:00 a 14:30 horas, y una tarde semanal de al menos 2 horas y 30 minutos.
Estas disposiciones aseguran tanto la eficiencia en el trabajo como la continuidad en la atención al público durante el período estival, manteniendo un equilibrio entre las necesidades del servicio y el bienestar de los trabajadores del Cuerpo de Auxilio Judicial.
Vacaciones y Permisos para un Auxiliar Judicial
Duración de las Vacaciones:
- Se otorgan 22 días hábiles anuales por año completo de servicios, o de manera proporcional si el tiempo de servicio durante el año fue menor.
- Las vacaciones se disfrutarán dentro del año natural y hasta el 31 de enero del año siguiente, en periodos mínimos de 5 días hábiles consecutivos.
Flexibilidad en el Disfrute de Vacaciones:
- Se permite solicitar el disfrute independiente de hasta 7 días hábiles por año natural.
- Al menos la mitad de las vacaciones deben ser disfrutadas entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, salvo autorización excepcional.
Compatibilidad con Situaciones Específicas:
- Se pueden disfrutar las vacaciones en fechas distintas si coinciden con situaciones como incapacidad temporal, permisos de maternidad o paternidad, etc.
- En caso de interrupción por estas situaciones, se puede reanudar el disfrute en un período distinto o en el año natural siguiente.
Días Festivos y Cierre de Oficinas:
- Los días 24 y 31 de diciembre se cierran las oficinas, salvo servicios de guardia.
- Si estos días coinciden con festivo, sábado o día no laborable, se compensan con días adicionales de permiso por asuntos propios o se acumulan para disfrutarlos antes del 15 de febrero del año siguiente.
- Se incorpora un día de permiso adicional cuando festividades nacionales coinciden con sábado en el año natural.
Ejemplos prácticos
Ejemplo 1: Daniel, a cargo de su madre
Daniel, desde hace algún tiempo, tiene a su cargo a su madre de 92 años, que necesita asistencia y no puede valerse por sí sola. Gracias al derecho a flexibilizar en una hora diaria el horario fijo de jornada establecida, Daniel puede entrar más tarde y prepararle el desayuno todos los días.
Ejemplo 2: Elena, una ausencia justificada
Elena ha decidido recientemente dar el paso para ser madre. Debido a motivos personales, debe someterse a técnicas de fecundación o reproducción asistida. Así, gracias a la flexibilidad ofrecida, puede ausentarse del trabajo durante el tiempo necesario para asistir a la consulta. Elena justifica previamente, con la correspondiente documentación, cada ausencia.
Daniel y Elena están contentos con la flexibilidad de horario que les ofrece su puesto de trabajo, ya que les permite compaginar su vida personal con su vida laboral.
Conclusión
¿Has aprendido un poco sobre el horario del Cuerpo de Auxilio Judicial? ¡Seguro que sí! Espero que este recorrido por la organización laboral y las medidas de conciliación en el Cuerpo de Auxilio Judicial te haya resultado útil.
Juntos hemos podido apreciar el firme compromiso de esta institución por garantizar tanto la eficiencia en el servicio como el bienestar de sus trabajadores. La implementación de jornadas laborales equilibradas, que combinan horarios fijos con flexibilidad adaptativa, refleja la preocupación por mantener la calidad en la prestación de servicios judiciales sin descuidar la atención a las necesidades personales y familiares de los funcionarios.
¿Quieres saber más sobre el Cuerpo de Auxilio Judicial? ¡Consulta cuál es el sueldo de un Funcionario de Auxilio Judicial en nuestro blog!
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Autor
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Jurista y opositora especializada en derecho de la Unión Europea.