Conoce las 5 diferencias entre LAJ y Gestión Procesal

diferencias entre LAJ y Gestión Procesal

¿Has decidido dedicarte al mundo del sistema judicial español, pero no sabes qué oposición escoger? Cada camino tiene propias particularidades y responsabilidades. Dos de estos senderos son el acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) y al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. A lo largo de este artículo, exploraremos las diferencias clave entre estos dos roles. ¡No te pierdas las 5 principales diferencias entre estas dos oposiciones!

1. Requisitos de formación:

  • Los LAJ suelen requerir una formación jurídica más especializada, como el título de Licenciatura o Grado en Derecho, además de superar las oposiciones específicas para acceder al cuerpo.
        • LAJ pertenece al subgrupo A1
  • Los miembros del Cuerpo de Gestión Procesal también deben superar unas oposiciones, y  la formación exigida también es de Grado o licenciatura. A pesar de esto, no se requiere necesariamente una titulación en Derecho.
        • Gestión Procesal pertenece al subgrupo A2

2. Temario

El temario para los diferentes ejercicios está dividido en dos partes principales, cada una con una serie de temas que los candidatos deben dominar para enfrentar con éxito la fase de oposición. A continuación, se presenta una relación de los temas incluidos en cada parte del temario:

  • Primer ejercicio (115 temas):
    • Derecho Constitucional y de la Unión Europea – 18 temas
    • Organización y estructura de la Administración de Justicia – 10 temas
    • Derecho Penal – 38 temas
    • Derecho Mercantil – 18 temas
    • Derecho Administrativo y Derecho Procesal Contencioso-Administrativo – 10 temas
    • Derecho del Trabajo y Seguridad Social y Derecho Procesal Social – 15 temas
    • Registro Civil – 6 temas
  • Segundo ejercicio (161 temas):
    • Derecho Civil. – 57 temas
    • Oficina judicial, Estatuto de los LAJ y Derecho Procesal Civil – 69 temas 
    • Derecho Procesal Penal – 35 temas

En total, son 276 temas, y todos ellos entran para el tercer ejercicio de la fase de oposición.

Por otro lado, en cuanto a Gestión Procesal, el temario consta de 68 temas. Si quieres tener más información al respecto, puedes consultar nuestro artículo sobre como es el temario de Gestión Procesal. En cualquier caso, se divide en los siguientes bloques:

    1. Derecho Constitucional, derechos fundamentales y organización del Estado
    2. Organización y estructura del Poder Judicial
    3. Procedimientos judiciales
          • Se incluye en este bloque las normas comunes a todos los procedimientos civiles, los procedimientos civiles, registro civil, el procedimiento penal, el procedimiento contencioso administrativo y laboral, y la normativa sobre derecho mercantil.

3. Fase de oposición 

La fase de oposición para acceder a LAJ consta de tres ejercicios:

  1. Primer ejercicio – Examen tipo test: En esta etapa, los candidatos enfrentan un examen de tipo test con 100 preguntas. Cada pregunta presenta cuatro opciones de respuesta, de las cuales solo una es correcta.
  2. Segundo ejercicio – Examen oral: Este examen es teórico, oral y eliminatorio. Consiste en desarrollar oralmente ante el tribunal cuatro temas, seleccionados al azar entre las materias de la segunda parte del temario. Los candidatos tienen un máximo de sesenta minutos para el desarrollo de los temas, con un límite de tiempo de veinte minutos por tema. 
  3. Tercer ejercicio – Examen práctico: En esta etapa, los aspirantes deben contestar por escrito diez preguntas referidas a un caso práctico planteado por el tribunal.

Por otro lado, la oposición de Gestión Procesal también consta de tres ejercicios:

  1. Primer ejercicio – Examen tipo test
  2. Segundo ejercicio – Tipo test de un supuesto práctico
  3. Tercer ejercicio – Preguntas de desarrollo

¿Quieres saber más sobre los ejercicios de Gestión Procesal? Consulta como son las 3 pruebas para Gestión Procesal en nuestro blog.

4. Funciones y Responsabilidades

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, regula tanto las funciones de los LAJ como las funciones del cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. 

En cuanto a LAJ, podemos encontrar sus especificidades en el Libro V titulado “De los Letrados de la Administración de Justicia y de la Oficina Judicial. Más específicamente, contratos sus funciones en el Título II, Capítulo II de dicho Libro. 

En líneas generales, podemos afirmar que tienen un amplio abanico de responsabilidades y desempeñan un papel fundamental dentro del sistema judicial español. Algunas de sus funciones principales incluyen:

  1. Dirección de Actuaciones Procesales: Supervisan y dirigen la tramitación de los procedimientos judiciales, asegurando que se respeten los plazos y formalidades legales.
  2. Asesoramiento Legal: Brindan asesoramiento legal a jueces, magistrados y partes involucradas en los procedimientos judiciales, clarificando cuestiones procedimentales y jurídicas.
  3. Gestión de Expedientes: Administran y gestionan los expedientes judiciales, desde su inicio hasta su conclusión, manteniendo un registro preciso de todas las actuaciones procesales.
  4. Actuaciones en Audiencias y Actos Judiciales: Participan en audiencias y actos judiciales, levantando actas y garantizando el correcto desarrollo del proceso.

En cuanto a las funciones del cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, todas sus funciones se pueden encontrar en el artículo 476 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, donde vienen enumeradas. Algunas de sus funciones principales son:

  1. Tramitación de Expedientes: Gestionan y tramitan los expedientes judiciales, asegurando su correcto seguimiento y cumplimiento de los plazos establecidos por la ley.
  2. Atención al Público: Brindan atención al público en las oficinas judiciales, ofreciendo información sobre procedimientos, trámites y resolviendo consultas relacionadas con el ámbito judicial.
  3. Redacción de Documentos: Redactan todo tipo de documentos judiciales, como autos, providencias, decretos y resoluciones, siguiendo las indicaciones de los jueces y magistrados.
  4. Gestión de Notificaciones: Realizan notificaciones a las partes involucradas en los procedimientos judiciales, asegurando que se cumplan los plazos y formalidades establecidos por la ley.

En resumen, mientras que los LAJ tienen un enfoque más amplio en el asesoramiento legal, la dirección de actuaciones procesales y la participación en eventos judiciales, el Cuerpo de Gestión Procesal se centra principalmente en la tramitación administrativa y el apoyo logístico, bajo la supervisión de los Letrados y otros superiores.

Ejemplos Prácticos

Ejemplo 1: Joaquín, un Letrado de la Administración de Justicia

Joaquín está trabajando en un juzgado de primera instancia. Una de sus funciones principales es la dirección de actuaciones procesales. Un día, durante un juicio civil, Joaquín supervisa la tramitación del procedimiento, asegurando que se respeten los plazos y formalidades legales. Además, brinda asesoramiento legal a las partes involucradas, ayudando a clarificar dudas sobre cuestiones procedimentales y jurídicas. Durante la audiencia, Joaquín participa activamente, levantando actas y garantizando el correcto desarrollo del proceso.

Ejemplo 2: Carla, un miembro del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa

Carla trabaja en un juzgado de primera instancia e instrucción. Una de sus funciones principales es la tramitación de expedientes judiciales. Además, mientras brinda atención al público en las oficinas judiciales, responde a las consultas de los ciudadanos sobre el estado de sus trámites y les proporciona información sobre los procedimientos judiciales en curso.

5. Jerarquía y Autonomía:

En comparación con los miembros del Cuerpo de Gestión Procesal, los LAJ ocupan una posición jerárquica más alta en los juzgados y tribunales, con mayor autonomía en la dirección de actuaciones procesales. Por otro lado, los miembros del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa desempeñan roles de apoyo administrativo, supervisados por los Letrados y otros superiores. Esto se ve reflejado en los siguientes aspectos:

Dirección de Actuaciones Procesales: Los Letrados dirigen y supervisan la tramitación de procedimientos judiciales, tomando decisiones sobre plazos y resolución de incidencias procesales. Mientras tanto, los miembros del Cuerpo de Gestión Procesal gestionan la tramitación bajo supervisión.

Independencia Funcional: Los Letrados tienen cierta autonomía en sus funciones, aunque están sujetos a la autoridad de jueces y magistrados. Por otro lado, los miembros del Cuerpo de Gestión Procesal siguen las directrices de superiores en sus tareas administrativas y procesales.

Ámbitos de Actuación: Los Letrados pueden trabajar en cualquier órgano judicial, desde juzgados de primera instancia hasta tribunales superiores. Mientras tanto, los miembros del Cuerpo de Gestión Procesal suelen desempeñarse en juzgados de primera instancia e instrucción, con posibilidad de trabajar en otros órganos judiciales.

Conclusión

Tras explorar algunas de las diferencias entre el acceso a LAJ y al Cuerpo de Gestión Procesal, es evidente que cada uno presenta sus propios desafíos y complejidades. Si bien ambos requieren un  proceso de oposición y una sólida formación, la extensión y la dificultad del temario varían significativamente entre ambos cuerpos. Con 276 temas en el temario para LAJ y solo 68 para Gestión Procesal. Objetivamente hablando, la oposición para el segundo cuerpo parece ser más accesible en términos de la cantidad de material a dominar. 

Además, debemos tener en cuenta que entre los ejercicios de LAJ se encuentra un examen oral, que suele ser un formato de examen complicado, por lo que supone tanto en términos de preparación como de exposición. 

Sin embargo, la percepción de dificultad puede variar según las habilidades individuales y la experiencia previa de cada aspirante. En última instancia, la elección entre estos dos caminos depende de las preferencias personales, las aptitudes y las metas profesionales de cada uno.

Esperamos que este artículo haya proporcionado una visión clara y completa de las diferencias entre estos dos roles dentro del sistema judicial español. ¡Gracias por acompañarnos en este recorrido y te deseamos mucho éxito si has decidido opositar en el ámbito judicial!

¡Hasta la próxima!

 

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